El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado un precepto de la normativa catalana que establece el grado de las infracciones a los derechos de los consumidores, lo que podría abrir la puerta a la impugnación de las sanciones a establecimientos por no informar en catalán. El portavoz del Govern, Francesc Homs, ha respondido que esa ley ya «no está vigente» y ha sido sustituida por otra, por lo que las sanciones lingüísticas se mantendrán.
El TC ha anulado el artículo 30 de la Ley del Parlament 3/1993 del Estatuto del Consumidor, en el que se basan muchas de las sanciones a locales que no informan de sus servicios en catalán. La sentencia deriva de una cuestión de inconstitucionalidad elevada por el titular de un juzgado contencioso-administrativo de Barcelona, ante el que se impugnaron dos sanciones a un comercio por no ofrecer información de sus servicios en catalán y por la inclusión de cláusulas abusivas.
SEGURIDAD JURÍDICA
Para el Constitucional, la clasificación de sanciones como leves, graves o muy graves establecida por el precepto de la ley impugnado «no garantiza mínimamente la seguridad jurídica de los ciudadanos», dado que traslada la calificación de las infracciones a un momento posterior y la deja en manos de un órgano administrativo.
Según el Constitucional, que basa su argumentación en anteriores sentencias del propio órgano judicial, el precepto impugnado «equivaldría a dar una habilitación en blanco» a la administración y dejar una norma legal vacía de contenido.
«RÁPIDO Y VELOZ»
El portavoz del Govern ha apuntado, después del Consell de Govern, que ese artículo se remite a una ley que «ya no está vigente» y ha comparado la medida del TC con la petición de un «diagnóstico» a un médico sobre una persona «que está muerta». Homs también ha señalado que el artículo «no hace referencia al tema del catalán», sino a «la capacidad sancionadora sobre lo que sea».
Homs ha considerado paradójico que el TC declare una ley que no es válida, lo que a su juicio pone en evidencia su funcionamiento, y ha ironizado: «Como el TC es tan rápido y veloz, ha dictaminado sobre una ley de 1993 que ya no está en vigor».
COMPENSACIONES
No obstante, la presidenta del PPC, Alicia Sánchez-Camacho, ha señalado que se debería compensar a los comerciantes y empresarios sancionados en virtud de esa normativa que obligaba a rotular en catalán y no solo en castellano. «Estoy a favor del impulso de la lengua catalana, pero sin excluir la lengua castellana y, por lo tanto, estoy en contra de que se sancionara a los empresarios y comerciantes por rotular en castellano», ha dicho. «El TC nos ha dado la razón a nosotros y a la normalidad del país, que vive en catalán y castellano», ha añadido.
El presidente de Ciutadans (C’s), Albert Rivera, también ha mostrado su satisfacción por la anulación del precepto de la normativa, que, según ha afirmado, pone «fin» a lo que ha definido como «las multas de la vergüenza». Rivera pedirá al Govern que «devuelva los importes de las sanciones a todos los comerciantes que han sido multados porque es su dinero y no el de la Generalitat». Estas sanciones suman un total de 3,6 millones de euros durante los 16 años de vigencia de la normativa, según los datos facilitados por Ciutadans.
El Periódico 16/10/2012 (ver noticia)


