Actividades objeto de la subvención
Serán objeto de subvención las siguientes actividades de promoción del uso del valenciano realizadas durante el año 2010:
a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.
b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas…). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.
c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas web. Si las páginas web son bilingües o plurilingües, deberán tener la página de inicio en valenciano o dar la opción de seleccionar la versión en valenciano antes de acceder a los contenidos de la página.
Se excluyen los materiales promocionales como, llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas.
Sólo se concederá subvención por una de estas actividades y un expediente por empresa.
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